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Las Cooperativas de Inmobiliarias o de Viviendas son una tendencia al alza. Buscan aunar el esfuerzo de grupos de personas con un objetivo común: conseguir una vivienda de nueva construcción con las mejores condiciones y apoyados por una Gestora Inmobiliaria. Ésta será la encargada de que todas las partes cumplan con sus compromisos y que los proyectos finalicen con éxito.
6 buenas razones
Por las que te conviene una cooperativa de viviendas.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDAS
Las Cooperativas de viviendas son entidades creadas según un marco legal y SIN ÁNIMO DE LUCRO por varias personas. Dichas personas tienen el objetivo común de crear su vivienda con las condiciones más beneficiosas y a mejor precio que otras opciones de promoción.
De esta forma, cada socio de la Cooperativa se convierte en promotor y adjudicatario, beneficiándose del uso y disfrute de los recursos comunes y regulando su administración, conservación y mejora de los mismos. Todo a precio de coste.
Las Sociedades Cooperativas de Viviendas están reguladas por la ley de la Comunidad Autónoma en la que se inscriban. De esta forma, los socios reciben una seguridad a nivel legal y las Cooperativas funcionan con total transparencia.
Las Sociedades Cooperativas deben contar además con sus propios ESTATUTOS, que definirán su funcionamiento, objetivo y estructura. Los mismos, son aprobados por la propia Cooperativa siguiendo su regulación y cumpliendo siempre con unos conceptos básicos: su denominación, domicilio social, actividad, duración, ámbito de actividad, requisitos de admisión, responsabilidad patrimonial, bajas de los socios, sus derechos y obligaciones, faltas y procedimiento sancionador; capital social y aportaciones obligatorias, estructura y composición de sus Órganos de Gobierno, disolución.
Las Cooperativas de Viviendas se rigen principalmente por dos órganos sociales que están elegidos, constituidos y controlados por los propios socios:
ASAMBLEA GENERAL
Está compuesta por la totalidad de los socios de la Cooperativa, deliberando y tomando acuerdos en las materias que le son atribuidas por los Estatutos y la legislación vigente, con un funcionamiento recogido en los propios estatutos aprobados por todos los socios.
CONSEJO RECTOR
Es el órgano de representación, gobierno y gestión de la Cooperativa, elegido entre los socios por la Asamblea General.
El número de miembros no puede ser inferior a tres, representando los cargos básicos de Presidente, Secretario y Tesorero, que desempañan sus funciones bajo las normas acordadas y recogidas en los Estatutos y la legislación vigente.
Para el perfecto funcionamiento de las Cooperativas de Viviendas, los socios tienen unos derechos y deberes que aseguran el correcto desarrollo de los proyectos.
DERECHOS:
Cada uno de los socios tiene el mismo derecho que los demás, con derecho a ser informado en todo lo acontecido en la Cooperativa.
Los socios pueden participar en las asambleas con voz y voto, pudiendo elegir y ser elegido para desempeñar los cargos establecidos en los Estatutos para la Junta Rectora de la Cooperativa. Podrán participar en todas las actividades promovidas por la Cooperativa, así como solicitar la baja de la misma, con la correspondiente liquidación de sus aportaciones. Tal y como se indique en el apartado correspondiente de los Estatutos cumpliendo la legislación vigente.
OBLIGACIONES:
De la misma forma, los socios de cada Cooperativa asumen las obligaciones de asistir a las reuniones de las Asambleas Generales y demás órganos a los que sea convocado. Deberán cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los Órganos Sociales. Aceptarán, salvo causa de fuerza mayor, los cargos para los que sea elegido. Deberán desembolsar las aportaciones a Capital Social y cumplirán con los demás deberes acordados en las normas estatutarias y legales vigentes.
Las promociones en Régimen de Cooperativa siguen el siguiente desarrollo:
A partir del diseño de la edificación, se realiza un proyecto ejecutivo lo más completo posible para poder ofrecer un precio cerrado al que no afecten cambios imprevistos.
A continuación, se elabora el estudio de marketing que defina el tipo de producto a diseñar, su precio, la forma de pago y la comercialización del mismo.
Con todos los medios e información necesaria, comienza la comercialización de la promoción, la campaña publicitaria y la información de venta de las viviendas, locales, garajes y trasteros.
Cerrada esta fase, se solicita la licencia de obras. Tras su concesión, se inicia la ejecución de la obra por parte la empresa constructora contratada, ajustándose a los parámetros de calidad, precio y plazo establecidos y firmados junto con el presupuesto.
Tras la finalización de la obra, se ofrecerá un servicio post-venta para solucionar las posibles faltas detectadas por parte de los socios, de forma que las viviendas se finalicen con la calidad deseada.
Las Cooperativas de Viviendas ofrecen a sus socios importantes beneficios en precio y plazos, al convertirse cada miembro en promotor y adjudicatario eliminando la figura del promotor. De esta forma se evita abonar su parte.
Por otra parte, supone una serie de trámites imprescindibles para que su funcionamiento sea totalmente legal, para el perfecto desarrollo del proceso y para que el mismo sea totalmente seguro para todos los socios.
Este punto, como Gestora de Viviendas ofrecemos nuestros servicios como parte imparcial del proceso y como intermediarios especialistas en el sector. Nos encargamos de toda la parte administrativa, estudiamos y seguimos la planificación y desarrollo de las obras a través de nuestro Dpto. Técnico, informando a los socios de todos los aspectos de las mismas y ofreciendo asesoramiento jurídico en los aspectos relacionados con el funcionamiento de la Cooperativa.
SI QUIERES MÁS INFORMACIÓN CONTACTA CON NOSOTROS.
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